Profesores con formación lingüística acreditada contarán con listas específicas de interinidad para centros plurilingües
Santiago Compostela. El profesorado que acredite formación lingüística de nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencias para las Lenguas podrá incluirse en listas de interinidad y sustitución específicas para impartir materias no lingüísticas en centros plurilingües y secciones bilingües.
Así lo han acordado la Consellería de Educación y los sindicatos CC.OO. y ANPE --con la adhesión de CSIF--, que firmarán una addenda al Acuerdo del 20 de junio de 1995 sobre acceso a interinidades y sustituciones en la función pública docente, con el fin de adecuarlo a la normativa que regula los centros plurilingües y secciones bilingües en Galicia.
Junto a las listas generales, se creará una lista en cada especialidad que imparta áreas o materias no lingüísticas con aquellas personas que acrediten disponer del nivel B2 en lenguas, con el fin de "garantizar" que las enseñanzas en estos centros "se imparta por profesorado con la debida cualificación" y "sin perjudicar" a los docentes en listas y que no poseen ficha acreditación.
Asimismo, se abre la puerta a que el profesorado incluido en lista general que en un futuro obtenga la cualificación requerida, con posterioridad a la firma de la addenda, "pueda solicitar ser incluido en la lista específica" integrándose en la misma en función del orden que le corresponda por la orden de la lista general.
Vía: Europa Press
Así lo han acordado la Consellería de Educación y los sindicatos CC.OO. y ANPE --con la adhesión de CSIF--, que firmarán una addenda al Acuerdo del 20 de junio de 1995 sobre acceso a interinidades y sustituciones en la función pública docente, con el fin de adecuarlo a la normativa que regula los centros plurilingües y secciones bilingües en Galicia.
Junto a las listas generales, se creará una lista en cada especialidad que imparta áreas o materias no lingüísticas con aquellas personas que acrediten disponer del nivel B2 en lenguas, con el fin de "garantizar" que las enseñanzas en estos centros "se imparta por profesorado con la debida cualificación" y "sin perjudicar" a los docentes en listas y que no poseen ficha acreditación.
Asimismo, se abre la puerta a que el profesorado incluido en lista general que en un futuro obtenga la cualificación requerida, con posterioridad a la firma de la addenda, "pueda solicitar ser incluido en la lista específica" integrándose en la misma en función del orden que le corresponda por la orden de la lista general.
Vía: Europa Press
Comentarios