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Multa por excluir a un profesor en la lista de interinos

La consejería de Educación de Murcia deberá abonar 29.600 euros a un profesor de Educación Física al que excluyó indebidamente de la lista de interinos y que no pudo dar clase durante dos cursos, según una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, declara la responsabilidad patrimonial de la Administración y obliga a la Comunidad Autónoma a pagar esta indemnización porque el demandante "no tenía el deber jurídico de soportar el daño sufrido, puesto que había obtenido un pronunciamiento judicial firme estimatorio de su pretensión".
Señala la Sala que este profesor participó en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por la Consejería en marzo de 2001, "realizando íntegramente el primer ejercicio de la fase de oposición, con una calificación de 0 puntos, por lo que fue excluido de la lista de interinos, en la que figuraba desde el año 1997".
Fue entonces cuando recurrió la exclusión, y tanto el Juzgado de lo Contencioso como la Sala le dieron la razón, condenado a la Administración Regional a anular la citada exclusión.
El demandante acudió de nuevo a los tribunales al considerar que la Consejería "había sido reticente" en el cumplimiento de las sentencias anteriores y que le había provocado un daño que debía ser indemnizado porque no lo repuso en la lista de interinos hasta octubre de 2003.
Según su recurso, esta situación le había impedido ejercer la docencia en los cursos 2001-2002 y 2002-2003, con la pérdida de las retribuciones económicas correspondientes.
El TSJ ha valorado esos perjuicios en 29.600 euros, que la Comunidad Autónoma deberá abonarle, junto con los intereses legales correspondientes desde la fecha de su reclamación.
Asimismo, ha impuesto a la Comunidad el pago de las costas porque considera el tribunal que obró con "temeridad" al oponerse a la demanda presentada por este profesor. EFE

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